miércoles, 11 de marzo de 2009

Beneficios Tributarios Para el sector de los electrodomesticos

•Deducción del 40% del valor de las inversiones realizadas sólo en Activos Fijos Reales Productivos (AFRP) adquiridos.
•Deducción del 100% de los impuestos de Industria, comercio, avisos y tableros, y Predial siempre y cuando se hayan pagado en el año respectivo gravable y tengan relación de casualidad con la actividad económica del contribuyente.
•Deducción del 25% del gravamen a los movimientos financieros, independientemente de su relación con la actividad económica del contribuyente
•Exención del IVA a productos destinados a la exportación.
•Plan Vallejo: Exención del IVA, para la importación temporal de materias primas e insumos para la producción de bienes destinados a la exportación.

Además En la Sesión 169 del 18 de diciembre de 2006 el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, recomendó autorizar el diferimiento del gravamen arancelario a cero por ciento (0%) por no producción en la Subregión Andina, para la importación de productos que consumen gas natural vehicular clasificados por las subpartidas arancelarias 8407.90.00.10, 8414.80.22.10, 8414.80.23.10 y 8704.10.00.10; de productos clasificados por la subpartida arancelaria 8419.39.10.00; de turbinas de gas clasificadas en la subpartida arancelaria 8411.82.00.00 y de los insumos utilizados en la elaboración de electrodomésticos clasificados por las subpartidas arancelarias 2519.90.10.00, 3903.20.00.00, 3903.30.00.00, 3907.40.00.00, 3909.30.00.10, 7219.34.00.00, 7219.35.00.00, 7502.10.00.00, 7505.22.00.00, 8414.30.92.00, 8501.31.10.00, 8501.40.11.10, 8529.90.90.10, 8532.22.00.00, 8533.10.00.00 y 9107.00.00.00

Importacion de Menaje (Cantidades pequeñas)
Se permiten 3 artículos, electrodomésticos, como 1 computador, un teatro en casa, un televisor, pero no se permite ningún tipo de mueble. En lo referente a artículos electrónicos deberán ser declarados en la forma de aduana 530 (la cual le entregan en el avión a su llegada al país) y el valor de los mismos no podrá superar los USD2500, favor tener en cuenta que, sobre este valor se ocasionara un pago de impuesto del 15%, que incluye el valor del flete.
Antes de salir de aeropuerto deberá solicitar el sello del oficial de aduana para que la forma tenga validez. El equipaje puede llegar al país hasta 90 días posterior al sello de inmigración que indica el pasaporte.

De acuerdo a la legislación Colombiana, este menaje pagara un impuesto del 15 % sobre valor CIF (Valor aduanal de la mercancía, fletes y seguro) mas los cargos de bodegajes y moras del contenedor, en el puerto. Estos cargos se liquidan de acuerdo al tiempo que se demore la mercancía en ser liberada por la aduana Colombiana.

Estas demoras son diarias y son pagadas a las navieras, por no haber devuelto el contenedor donde la mercancía viajo (varían de un rango de USD 35 a USD 75 dólares por día y deberán cancelarse hasta que se devuelva el contenedor a la línea naviera). Los bodegajes también se liquidan diariamente y son pagados al puerto directamente o al deposito aduanero en caso de ser aéreo (varían en un rango de 26 a 45 dólares diarios en el caso marítimo y USD118/KgVol en caso de ser aéreo min. 45USD). Los valores dependen del tamaño de su embarque

FUENTE: AVIOMAR

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